Qué se puede hacer y qué no: las restricciones vigentes en Santa Fe hasta el 9 de julio

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El gobierno de Santa Fe detalló este viernes las nuevas medidas que estarán vigentes en territorio provincial desde este sábado 26 de junio y hasta el 9 de julio inclusive.

Además del regreso de las clases presenciales a los niveles inicial y primario en toda la provincia comunicadas por una circular del Ministerio de Educación, el Ejecutivo detalló las normas relativas al comercio, el esparcimiento y la actividad recretativa y religiosa.

Comercio

Se mantiene el horario de la actividad del comercio mayorista y comercio minorista, con atención al público en los locales, todos los días de la semana hasta las 19. El factor de ocupación de la superficie cerrada de los locales, destinada a la atención del público, no podrá exceder del 30%.

Gastronomía

Los locales gastronómicos podrán funcionar entre las 06 y las 19.

Circulación Vehicular

En todo el territorio provincial continúa autorizada la circulación vehicular en la vía pública, desde las 06 hasta las 20.

A partir de las 20 y hasta las 06 del día siguiente sólo se permitirá la circulación de quienes realicen actividades esenciales.

Quedan exceptuados de la restricción quienes cumplan con su actividad laboral, quienes estén debidamente justificadas por una situación de fuerza mayor (incluyendo asistencia médica, farmacéutica y cuidado de personas).

Actividades religiosas

Continúan autorizadas las actividades religiosas sujetas a la condición de implementación y cumplimiento de los protocolos específicos oportunamente aprobados, con un aforo del 30% y manteniendo la distancia mínima de 2 metros y el uso de barbijo en todo momento.

Actividades Recreativas

Continúa habilitada la actividad de clubes, gimnasios, natatorios y otros establecimientos afines sólo bajo modalidad entrenamiento, al aire libre, por turnos y sin superar las 10 personas.

Continúa suspendida la práctica de deportes grupales de contacto (al aire libre y en espacios cerrados), y las competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional o amateur, no habilitadas expresamente por las autoridades nacionales.

Continúan suspendidas las actividades náuticas, pesca deportiva y recreativa en modalidad costa y embarcados, actividades de los clubes deportivos vinculados a las mismas y de guarderías náuticas.

Actividades sociales y familiares

Continúan prohibidos los encuentros sociales y familiares en lugares cerrados.

Teletrabajo

Deberán desarrollarse de manera remota o mediante teletrabajo; sin perjuicio de la organización de guardias mínimas para atender aquellas diligencias que deban realizarse indefectiblemente de modo presencial:el ejercicio de profesiones liberales, incluidos mandatarios, corredores y martilleros, quedando excluidos de la suspensión, los profesionales de la salud y los del notariado, para realizar diligencias esenciales e impostergables y los profesionales del derecho, en el caso de deber instar medidas de urgente diligenciamiento que no puedan realizarse demanera remota y cuya demora pueda producir la pérdida de un derecho.

También deberá desarrollarse con teletrabajo la actividad inmobiliaria y aseguradora, podrá disponerse en ambos casos la asignación de turnos para la atención al público, las actividades administrativas de sindicatos, entidades gremiales, empresarias, cajas y colegios profesionales, administración de entidades civiles y deportivas, actividades de las obras sociales y la actividad administrativa de universidades nacionales y privadas con sedes en el territorio provincial; las actividades administrativas de las empresas industriales, de la construcción, comerciales o de servicios.

Fuente: Rosario 3

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