“BANCO DE TIERRAS” – Se abre el registro de aspirantes para la adquisición de terrenos

Lo más leido

A partir de este jueves 12 de diciembre y hasta el 10 de enero del 2020 inclusive, estará abierto el registro de aspirantes para la adquisición de terrenos del “Banco de Tierras”.

Los interesados, deberán acercarse a la oficina del Área Social Municipal, de lunes a viernes, de 8 a 11hs.

Tendrán que presentarse con fotocopias de DNI del grupo familiar conviviente con domicilio en la ciudad y residencia efectiva (Comprobable continuada por no menos de 5 años) y comprobante de ingresos (Recibos de sueldo, constancia de monotributo, etc.). 

Requisitos

Para participar de los procesos de adjudicación y/o cesión, las personas físicas deberán cumplir con los siguientes requisitos mínimos, excepto que se trate de una licitación especial:

1)- Ninguno de los integrantes del grupo conviviente debe ser propietario de otro bien inmueble.

2)- Ninguno de los familiares en línea recta ascendente de los integrantes del grupo conviviente debe ser propietario de más inmuebles que cantidad de hijos tenga o cuando el terreno que pasea resulte apto para subdivisión, estimada suficiente para utilizar en otra construcción.

3)- Ser todos los miembros mayores del núcleo familiar ciudadanos argentinos nativos, por adopción con una antigüedad de dos años de la fecha de solicitud de cesión, y en caso de ser extranjero, tener una residencia comprobable en la ciudad de 5 años.

4)- Que los miembros mayores del núcleo familiar demuestren tener domicilio y residencia efectiva, comprobables continuada en la ciudad por no menos de 5 años.

5)- No ser beneficiario de planes de viviendas oficiales o créditos hipotecarios para la compra o construcción de vivienda, al momento de la presentación.

6)- Todo otro requisito que fije la reglamentación.

Las personas jurídicas justificarán sus solicitudes, las cuales serán evaluadas por el Equipo Intramunicipal según su pertinencia, debiendo cumplir los siguientes requisitos mínimos:

1)- No ser titulares, cotitulares y/o poseedores de otros bienes inmuebles.

2)- Acreditar fehacientemente su condición jurídica y vigencia mediante certificación de órgano competente.

3)- Presentar un plan de trabajo para el desarrollo del proyecto que involucre la venta y/o cesión del terreno.

Más artículos

 

Últimos artículos