El Ejecutivo reglamentó el horario de reapertura de bares, pubs y confiterías bailables

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La ordenanza 773 vigente establece los requisitos de habilitación para determinados locales, como ser confiterías bailables, bailantas, pubs, bares y cafés, cantinas, restaurantes, bares al paso y salones de venta, entre otros.

Hay ciertas condiciones que deben cumplir como para poder tener la habilitación municipal y entre ellos regula, no solamente decibeles y determinadas normas de seguridad, sino también los horarios de cierre.

Esa misma ordenanza, prevé la posibilidad, a aquellos casos que no estén explícitos o bien detallados o que con el paso del tiempo se tornan obsoletos, de poder reglamentarlos.

“Debido a determinados inconvenientes que hemos tenido en estos últimos tiempos, el Ejecutivo procedió a reglamentar el horario de reapertura. La idea es que los horarios de clausura que estaban pautados ya en la ordenanza se respeten y no haya posibilidad de reabrir esos mismos locales en un margen de seis horas”, señaló la directora general de Gobierno, Gisela Mattalía.

“Esto viene a que muchos locales cerraban 5.30hs., pero volvían a abrir momentos después porque no estaba estipulado en la ordenanza el horario de apertura, lo que hacía que muchos jóvenes se sigan quedando en dichos lugares, consumiendo alcohol y estando en presencia muchos de ellos, con vecinos linderos, creándoles molestias hasta altísimas horas de la noche y ya entrada la mañana del día siguiente”, añadió.

“La idea no es prohibirles el trabajo por supuesto, lejos está de eso y muy por el contrario, sino establecer determinados parámetros en los que podamos convivir juntos vecinos y los concurrentes a los distintos locales”, finalizó la funcionaria.

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