Sobre fines del mes de junio, se presentó en nuestra ciudad el programa provincial “Protege tu casa”, que brinda asesoramiento y simplifica el trámite de Afectación de la vivienda (antes denominado “Bien de Familia”), con el fin de seguir garantizando más y mejores los derechos de todos los santafesinos.
Se trata de un proceso destinado a garantizar el derecho a la vivienda a toda la ciudadanía y que llega desde el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a través de la Dirección Provincial del Registro General de la Propiedad.
La novedad por estos días es que aún quedan algunos cupos disponibles para que familias de El Trébol puedan realizar sus trámites y sumarse a la propuesta.
¿Qué es la Afección de vivienda?
La afectación es una protección jurídica destinada a resguardar la vivienda familiar frente a las adversidades económicas; su principal efecto consiste en que el inmueble afectado no podrá ser ejecutado por las deudas que contraiga su titular con posteridad a la afectación. Se puede aplicar a cualquier inmueble que tenga como destino la habitación del grupo familiar o la persona constituyente.
Esta afectación no te protege frente a deudas por: expensas comunes e impuestos, tasas o contribuciones del inmueble, garantías reales, deudas por construcciones y mejoras en la vivienda, y obligaciones alimentarias.
¿Quién lo puede solicitar y quiénes son beneficiarios?
Pueden realizar el trámite la/s persona/s titulares registrales de la vivienda. En el caso de ser varios propietarios, deben solicitarla todos conjuntamente. La protección beneficia no sólo al afectante en su propio beneficio, sino también a cónyuge, conviviente, ascendientes (padres, abuelos) y descendientes (hijos, nietos). A falta de los anteriores mencionados, pueden designar a sus parientes colaterales hasta el tercer grado con la obligación de que convivan en el inmueble protegido (hermanos, tíos, sobrinos).
¿Cómo se realiza el trámite?
Los ciudadanos deberán acercarse al municipio, más precisamente a la Oficina de Desarrollo Social situada en el Centro Cívico, con la siguiente documentación: DNI de la o las personas titulares del inmueble (Afectantes); DNI de la o las personas beneficiadas; título de propiedad original; última boleta del Impuesto Inmobiliario (API); documentación que acredite el vínculo entre las personas afectantes y las beneficiadas (Actas de Matrimonio, Uniones Convivenciales, partidas de nacimiento, etc.).
Una vez que se junten los expedientes necesarios, el Gobierno local será el nexo enviando la documentación a Santa Fe y constatados los mismos, desde el Registro de la Propiedad se acercarán a la ciudad para realizar las firmar y concretar el trámite.