Los artículos en los que el Ejecutivo detalla sus intenciones ante el Congreso para modificar los derechos de exportación van del 200 al 207 y disponen en primer término que se aumentan todas las alícuotas de retenciones hasta el 15%, para todas las mercaderías que aún no estén gravadas por este tributo o aquellas que venían pagando menos que ese valor, como todos los cereales (trigo, maíz, sorgo, cebada), el girasol y las carnes.
En este marco, las excepciones dispuestas en los diversos artículos son las siguientes:
_ La soja, que se confirma que pasa a tributar 33% en todas sus exportaciones, tanto de granos (ya pagaba esa alícuota), como de aceite y harinas (hasta ahora abonaba 31%).
_ Los hidrocarburos y la minería, que mantendrán la vigencia de los derechos de exportación actualmente vigentes.
_ El complejo vitivinícola y el aceite esencial de limón, economías regionales que lograron reducir el aporte que tendrán que realizar del 15% al 8% (en los últimos meses, habían eximidas por el exministro Sergio Massa en el marco de su campaña electoral presidencial).
_ Los complejos olivícola, arrocero, cueros bovinos, lácteo, frutícola, hortícola, porotos, lentejas, arveja, papa, ajo, garbanzos, miel, azúcar, yerba mate, té, equinos y lana, que mantendrán un 0% de alícuota.
Esto significa definitivamente que hay economías regionales clave por su aporte de divisas, como el maní o la industria forestal, o con un fuerte impacto regional, como el algodón, que quedaron incluidas dentro del régimen del 15%.
Fuente: ECOS365