Santa Fe dispuso «Preventiva» para quien porte armas de manera ilegal

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En la provincia, el Poder Ejecutivo promulgó la prisión preventiva por la portación de armas sin la reglamentación correspondiente.

Con la firma del gobernador, Omar Perotti, y de la ministra de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, Celia Arena; se promulgó un agregado al artículo 221 del Código Procesal Penal de la provincia, para incorporar a la figura de peligrosidad procesal al portador ilegal de armas de fuego, por lo que habilita a que su detención implique el dictado de la prisión preventiva.

Con la publicación de la norma en el Boletín Oficial, terminó un largo trámite parlamentario que demandó el paso del expediente por el máximo de instancias que prevé la Constitución provincial.

La norma tuvo el fuerte empuje de las organizaciones de víctimas de Santa Fe y de Rosario, que militaron el proyecto que tomó como bandera Oscar Martínez (Frente Renovador) en la Cámara de Diputados y Lisandro Enrico (UCR – General López) en el Senado.

De todas maneras, hubo objeciones y advertencias especialmente en la Cámara Baja de parte de Matilde Bruera (Lealtad Kirchnerista) y, por fuera de Legislatura, de varios actores del derecho penal que advierten sobre la inconstitucionalidad del agregado al Código.

La aprobación en las cámaras

El Senado en dos ocasiones modificó la postura de Diputados y con el mismo propósito la Cámara Alta propuso reformar tres artículos del Código: 219, 220 y 221. Martínez, en tanto, justificó la decisión de la Cámara de Diputados al indicar que la recomendación de jueces y fiscales es optar por esa redacción ya que la propuesta por el Senado podría tornar inconstitucional a la reforma.

Bruera insistió en considerar un error la sanción y recordó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ya declaró inconstitucional ese tema cuando provincia de Buenos Aires lo incluyó en su código procesal penal más allá de numerosos fallos de cámaras en todo el país.

“Cada vez que hay inseguridad, inventan esas cosas, que son inaplicables por inconstitucionales. La prisión preventiva, ya está legislada para todos los delitos, para los casos de peligrosidad procesal, es obstrucción del proceso y peligro de fuga”, señaló.

Fuente: El Litoral

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