CENSO – Las actividades comerciales y sociales que no están permitidas para el 18

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El 18 de mayo se desarrollará el Censo Nacional argentino y como dicta la ley, ese día será feriado obligatorio, las personas no deberán concurrir a sus puesto de trabajo, el comercio y las actividades recreativas estarán restringidas hasta las 20hs cuando finalice el mismo.

Acatamiento

Al tener carácter de obligatorio, según el artículo 17 del Decreto 726/2020, que regula los aspectos operativos del Censo, todos los habitantes el territorio nacional deben responder las 61 preguntas incluidas en el cuestionario.

Dicho decreto señala: «Todos y todas los y las habitantes de la Nación quedan obligados y obligadas a responder la totalidad de las preguntas incluidas en el Censo, haciéndose saber que quienes no suministren en término, falseen u omitan la información solicitada incurrirán en infracción y serán pasibles de multa de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 de la Ley N°17.622».

Las actividades restringidas 

Por otra parte, la Ley 24.254, que declaró en 1993 como feriado el día del Censo, dispone en su artículo 2° que quedan prohibidas hasta las 20 horas del día indicado para la actividad censal.

  • Las funciones teatrales – Exhibiciones cinematográficas – Competencias deportivas.
  • En general toda clase de espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos.
  • Permanecerán cerrados: Restaurantes – Confiterías – Casas de expendio de bebidas y similares – Rotiserías – Panaderías.
  • En general todo comercio de venta de artículos alimenticios y bebidas, además de clubes, hasta la hora indicada.

Por otro lado, el artículo 4º de la ley advierte que «toda infracción a lo dispuesto en los artículos precedentes, será sancionada de acuerdo con las normas en vigencia relativas al trabajo en el día feriado».

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