El Gobierno de Santa Fe oficializó las nuevas medidas sanitarias que buscan reducir los contagios y frenar la crisis sanitaria.
A través del “Decreto Nº 0647”, detalla las actividades no permitidas y las exceptuadas, la modalidad para cada una de ellas y horarios establecidos.
Nuevas suspensiones
Desde las cero hora de este 20 de mayo y hasta el 31 de mayo de 2021, no se podrán realizar las siguientes actividades.
- Reuniones sociales en domicilios particulares y en espacios públicos al aire libre.
- La práctica recreativa de deportes grupales de contacto en espacios cerrados o al aire libre y el funcionamiento de clubes, natatorios, gimnasios y otros establecimientos afines como ejemplo, las canchas de fútbol 5. También, las competencias deportivas provinciales, zonales o locales, incluidas las competencias automovilísticas y motociclísticas.
- Realización de todo tipo de actividades y eventos religiosos; discotecas; salones de eventos, de fiestas y similares. Además, actividades de salas de juego en casinos y bingos; como así también cines, teatros, centros culturales, salas y complejos cinematográficos y otros establecimientos afines, incluidos los que funcionen al aire libre.
- Realización de eventos culturales y recreativos relacionados con la actividad teatral y música en vivo que impliquen concurrencia de personas.
- Asambleas y actos eleccionarios de personas jurídicas públicas y privadas, en forma presencial. Solo podrán realizarse en forma remota.
- Actividad hípica en hipódromos; pesca deportiva y recreativa en la modalidad desde costa y embarcados, actividades de los clubes deportivos vinculados a las mismas y de las guarderías náuticas, a los fines del retiro y depósito de las embarcaciones. Navegación recreativa o deportiva, en cualquier tipo de embarcación.