El Gobierno Nacional realizó un acuerdo con la Federación Nacional de Trabajadores Camioneros y las Cámaras Empresarias del sector de transporte para llevar adelante la aplicación del protocolo “Plan de emergencia covid-19, para el transporte automotor de cargas generales y peligrosas en las rutas nacionales”, que tiene como objetivo garantizar «las pautas mínimas de higiene y prevención que contribuyen a minimizar la propagación del virus».
El protocolo establece acciones para prevenir el contagio del virus, aplicables a las diferentes etapas del viaje (carga, viaje, paradores, y descarga) y a las condiciones sanitarias que debe tener el camión. El mismo se encuentra en línea con las normas sanitarias del Ministerio de Salud y las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS), y debe ser cumplido en todas las rutas nacionales del país.
Desde el Ministerio de Transporte remarcaron que «la aplicación del protocolo será obligatoria para los operadores de transporte de carga de jurisdicción nacional e internacional que transiten por las rutas del territorio nacional» y no desestima los protocolos que cada empresa implemente en cumplimiento a los requisitos propios de cada jurisdicción para sus actividades.
A su vez, la CNRT será la autoridad competente para ejercer el control sobre el cumplimiento de las medidas y el Ministerio de Seguridad instrumentará acciones para el control en los pasos de frontera y la coordinación con las fuerzas de seguridad de cada una de las provincias.
Entre varias medidas, el protocolo describe las obligaciones de los empleadores de proporcionar a los conductores, para que estén disponibles en el medio de transporte jabones y geles desinfectantes, además de contar con barbijos, tapabocas, alcohol en gel, para ser utilizado por sus conductores y las cabinas de los camiones deben desinfectarse antes de cada nuevo servicio.
Por su parte, los conductores deberán respetar las normas específicas en materia de higiene y distanciamiento social establecidas por las autoridades nacionales, utilizar equipos de protección adecuados, como mascarillas y/o barbijos que cubran nariz, boca y mentón y guantes al momento de interacciones sociales y no deberán presentar ningún síntoma de la enfermedad.
Las actividades de carga y descarga deben ser realizadas, en la medida de lo posible, por el personal local de la empresa que reciba o envíe las mercancías y para facilitar el trámite, la empresa enviará electrónicamente y de antemano todos los documentos relativos a la operación de transporte.
Fuente: Súper Campo