Cómo se implementará un Ingreso Familiar de Emergencia

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El Gobierno Nacional dictó el Decreto N° 310/2020 que establece la creación de un Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) con el objetivo de sostener la economía de las personas vinculadas al sector informal, monotributistas de bajos recursos y los trabajadores y las trabajadoras de casas particulares que se ven afectadas por la emergencia sanitaria.

En ese sentido, el jefe Regional Litoral de ANSES, Diego Mansilla explicó que Ingreso Familiar de Emergencia consiste en una prestación monetaria no contributiva de carácter excepcional destinada a compensar la pérdida o grave disminución de los ingresos de las personas afectadas por la situación de emergencia sanitaria declarada por el Decreto N° 260/20.

El IFE será otorgado a las personas que se encuentren desocupadas, que se desempeñen en la economía informal; sean monotributistas inscriptos en las categorías “A” y “B”; monotributistas sociales y trabajadores y trabajadoras de casas particulares. Los mismos deberán cumplir con los siguientes requisitos:

– Ser argentino o argentina nativo/a o naturalizado/a y residente con una residencia legal en el país no inferior a dos años.
– Tener entre 18 y 65 años de edad.
– No percibir el o la solicitante o algún miembro de su grupo familiar, si lo hubiera, ingresos por: Trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado. monotributistas de categoría “C” o superiores y régimen de autónomos, prestación por desempleo, jubilaciones, pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los ingresos provenientes de la Asignación, Universal por Hijo o Embarazo o Progresar.

Además, la prestación la percibirá un solo integrante del grupo familiar y se abonada por única vez en el mes de abril del 2020 por un monto de $10.000.

Cabe destacar que el Ingreso Familiar de Emergencia deberá ser solicitado ante la ANSES y los datos consignados en la solicitud serán considerados en carácter de Declaración Jurada por parte del solicitante.

En forma previa al otorgamiento de la prestación, la ANSES realizará evaluaciones socioeconómicas y patrimoniales sobre la base de criterios objetivos que fije la reglamentación, con el fin de corroborar la situación de real necesidad del individuo y de su grupo familiar.

Fuente: Infosastre.com.ar

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