Es para las aplicaciones terrestres. Lo resolvió a través de una media cautelar el juez de Rafaela Duilio Hail. La medida se conoció este jueves y se da en medio del período de cosecha gruesa. El grupo de Autoconvocados definió el falló como histórico y pidieron denunciar cualquiera fumigación violatoria.
El juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1° Nominación de la ciudad Rafaela, Duilio Francisco Hail, se pronunció en el juicio de amparo ambiental que más de 40 vecinos estamos llevando adelante con el patrocinio de la Defensoría General de la provincia de Santa Fe, con el fin de alejar a una distancia «razonable» de la población las fumigaciones con agroquímicos, defendiendo la salud de la comunidad.
El magistrado dispuso este miércoles 5 de febrero, como medida cautelar, la prohibición de aplicar fumigaciones terrestres con todo tipo de agroquímicos en el radio de 800 metros a contar desde el límite de la planta urbana la localidad de Sastre y Ortiz. La nueva distancia duplica lo establecido en la primera cautelar del juez de San Jorge Daniel Zoso a fines de 2018, tras un reclamo de la familia de Zoe Giraudo, una niña de dos años que está en tratamiento oncológico y a partir de esa fecha vive en una casa expuesta a las fumigaciones.
Sobre el plazo de la medida, el artículo 16 de la Ley 10.456, indica que “las medidas cautelares de efecto suspensivo cesan automáticamente con la sentencia firme o a los 90 días de su despacho, salvo que sean revocadas con antelación”.
La disposición judicial, que trascendió este jueves, fue aplicada en el marco de una presentación en el expediente “González, Sonia María y otros c/Municipalidad de Sastre y Ortiz s/ amparo colectivo”, con el objeto de que se declare la Inconstitucionalidad del Art 9 de la Ordenanza Municipal N° 951/2004, que establece una franja de 100 metros desde la planta urbana para realizar fumigaciones y se establezca la prohibición de realizar fumigación terrestres de 1.000 metros y áreas de 1.500 metros desde la finalización de la planta urbana.
Si bien la norma cuestionada fue modifica por unanimidad por el Concejo Municipal en septiembre pasado, por la Ordenanza se amplió a 200 metros la distancia de prohibición para la aplicación de agrotóxicos a partir del final de la zona urbana y los controles se extenderán hasta los 1.200 metros. En ese perímetro, solo está permitido el uso de productos “ligeramente peligrosos” y los que “normalmente no presentan peligro”. Además, se mantienen los 3 kilómetros para las aspersiones aéreas.
Según consideró la fiscal extrapenal, que el drástico incremento de la distancia de prohibición de las fumigaciones aérea -ahora de 3000 metros- provoca procesalmente que la cuestión devenga abstracta por satisfacción de lo solicitado. En tanto, consideró que el límite para las fumigaciones terrestres de 200 metros “resulta aún inadecuado y se contrapone con la ley provincial 11.273” y su decreto reglamentario 552/97, “según las cuales la distancia mínima de prohibición debería ser de 500 metros” y que las fumigaciones dentro de ese perímetro solo se permiten de modo excepcional”.
El magistrado, en su fallo de 11 carillas, remarcó los pronunciamientos jurisprudenciales vigentes, tal como el fallo “Peralta Viviana c/ Municipalidad de San Jorge s/Amparo” de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo civil y comercial de Santa Fe y la sentencia del STJ de la vecina provincia de Entre Ríos en “Foro ecologista de Paraná y otro c/ Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos s/ Amparo”.
La resolución Hail generó malestar en el grupo de productores agropecuarios, ya que se da en pleno período de la cosecha gruesa con todos los cuidados que implica. Tal como sucedió con la resolución del juez Zoso, sería apelada en las próximas horas.
En tanto, los vecinos autoconvocados de Sastre, agrupados en “Unión Ciudadana por la Vida y el Ambiente”, consideraron la medida de carácter histórica. “Celebramos que, aunque fuere con demora a raíz de distintas alternativas acontecidas en el transcurso del proceso que serán objeto de análisis y explicación en otra oportunidad, toda la población de Sastre obtenga algo de alivio a tantos padecimientos causados por las fumigaciones cercanas”, expresaron en un comunicado.
Asimismo, convocaron a la población “a estar atentos y denunciar cualquier hecho violatorio de la orden judicial, a los productores a tomar conciencia y respetar las leyes y los mandatos judiciales y a la Municipalidad a revertir la postura asumida tanto en la ciudad como dentro del juicio de amparo, que incluso mereció el reproche del magistrado interviniente”.
Por último, el grupo de ambientalistas afirmó que “toda la población será la beneficiada, incluso aquellos que se opusieron a nuestras peticiones”. Y finalizaron: “es necesaria la colaboración de todos, especialmente de los funcionarios”.
Fuente: Infosastre.com.ar