Acción de Amparo Colectivo contra el Municipio de Sastre

Lo más leido

Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1° Nominación de la ciudad de Rafaela, según el expediente “González, Sonia María y otros c/Municipalidad de Sastre y Ortiz s/ amparo colectivo”, se da a conocer la iniciación de la presente acción contra la Municipalidad de Sastre y Ortiz, con el objeto de que se declare la Inconstitucionalidad del Art 9 de la Ordenanza Municipal N° 951/2004, que establece una franja de 100 metros desde la planta urbana para realizar fumigaciones y se establezca la prohibición de realizar fumigación terrestres de 1.000 metros y áreas de 1.500 metros desde la finalización de la planta urbana, dándose cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 51, 53 y 40 del Decreto Reglamentario 552/1997 de la Ley 11.273 respecto de la prohibición de realizar fumigaciones tanto aéreas como terrestres en inmediaciones a centros educativos, de recreación o de salud.

Esta publicación debe efectuarse por dos días atento al carácter de amparo colectivo de la presente acción, a fin de lograr la efectiva publicidad y conocimiento de posibles interesados en intervenir como parte, debiendo en consecuencia comparecer en legal forma, haciendo valer los derechos bajo apercibimiento de ley.

Rafaela, 26 de septiembre de 2019. Firmado por la Dra. Sandra Gerliani, secretaria.

Más artículos

 

Últimos artículos