Tras la sanción por parte del Poder Legislativo de la Ordenanza Nº 1099 que establece el descanso dominical para los empleados de comercios, que adhiere a la Ley Provincial Nº 13.441 y su Decreto Reglamentario Nº 0689, el Gobierno de la ciudad definió que este proyecto entre en vigencia el próximo 31 de julio de 2016.
Los establecimientos comerciales o de servicios que estarán comprendidos serán los supermercados, verdulerías, carnicerías, pescaderías, librerías, tiendas, mayoristas, distribuidoras, minimercados y cualquier otra actividad similar. No obstante, deberán acatar lo suscripto siempre que superen los 120 metros cuadrados de superficie.
En este sentido, quedan excluidos de la limitación los establecimientos comerciales que sean atendidos por sus propios dueños y que NO superen los 120 mts cuadrados. En este caso, cabe aclarar, que podrán abrir siempre que los propietarios se hagan cargo de la atención, no así los empleados.
La aplicación se realizará por medio de un ente regulador a través del Área de Inspección General Municipal.