La «letra chica» del subsidio prometido a los tamberos

– El Régimen de Recomposición del Pequeño Productor Lechero (RRPP Lechero) se presenta como la medida política del Gobierno K más concreta en mucho tiempo, al menos para la lechería, que busca llevar alivio al sector primario más vulnerable (de pequeños productores), luego de que el sector industrial bajara el precio de la materia prima en febrero y que la lluvia hiciera el resto para dejar a más de la mitad de los tambos del país en zona de desastre. Cabe destacar que a la baja estacional promedio del 15 a 20% que suele ocurrir en este lapso del año, se suma la caída abrupta ocasionada por las lluvias. Hay sectores de las cuencas de Córdoba y Santa Fe que están reportando derrumbes de producción del orden del 50 al 60% interanual.

En este dramático contexto, el Gobierno sale a ofrecer este beneficio de 30 ctvs por litro. Pero la Res. 82/2015 tiene algunos puntos para observar en detalle, puesto que no será para todos los tambos, incluso aquellos que accedan al beneficio, no necesariamente lo percibirán a lo largo de los tres meses que dura el subsidio.

UNO: El beneficio se otorgará por persona jurídica (productor), no por tambo (unidad productiva). Si un mismo titular posee dos o tres tambos pequeños pero que en suma superan los 2.900 litros por día, dicha persona física o jurídica no accederá al subsidio.

DOS: Los posibles beneficiarios deberán inscribirse por internet en http://www.mecon.gob.ar/secretarias/comercio/comercio-interior/rrpplechero/ y realizar una declaración jurada especificando los litros producidos. Este trámite deberá hacerse dentro de los primeros 10 días posteriores al mes declarado. Si durante la vigencia de la medida, el promedio mensual del productor superare los 2.900 litros/día, no percibirá el beneficio de dicho mes.

TRES: Para acceder al beneficio, el productor debe estar incluido en la nómina de tambos proveedores de cualquier operador lácteo dentro del sistema de Liquidación Única. Quien no esté encuadrado en este sistema (Resoluciones conjuntas de AFIP y el Ministerio de Agricultura), deberá comenzar su trámite y podrá ingresar al beneficio recién desde abril, extendiéndose el mismo hasta junio (excepcionalmente) de ser necesario.

CUATRO: Los datos ingresados en el formulario de inscripción para el subsidio serán constatados por la Secretaría de Comercio Interior, y de ser autorizados, el pago se realizará a mes vencido, mediante transferencia bancaria directa.

Cabe suponer que dentro de este esquema de requisitos, no serán 9.000 los tambos alcanzados por el beneficio, según había anticipado el ministro de Economía, sino unos 5.000 aproximadamente (menos de la mitad de los existentes en el país)

Según el Ministerio de Economía, se estima que por este subsidio el sector primario recibirá unos 100 millones de pesos mensuales, cifra que podría disminuir en el último mes de la medida si cada tambo comienza a recuperar su producción, superando los 2.900 litros.