Más plazo en pago de retenciones

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– Los exportadores del interior del país disponen de 15 días. A través de una resolución vigente desde hoy, los exportadores del interior del país dispondrán de un plazo de 15 días corridos para el pago de los derechos de exportación de quienes oficialicen la comercialización de sus productos ante la Aduana que corresponda al lugar en donde sean elaboradas, según lo dispuso la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

En términos prácticos, la resolución establece que los exportadores podrán pagar el derecho de exportación (retenciones) sin presentar ninguna garantía adicional a la solicitud de tal ventaja en el sistema María cuando se oficializa el permiso de embarque.

Para lograr dicha facilidad, la AFIP requiere el cumplimiento previo de las obligaciones aduaneras, impositivas y los recursos de la seguridad social, y haber documentado el 100 por ciento de sus exportaciones por aduanas del interior del país durante los seis meses que van desde octubre de 2012 hasta marzo de 2013. A través de una resolución vigente desde hoy, los exportadores del interior del país dispondrán de un plazo de 15 días corridos para el pago de los derechos de exportación de quienes oficialicen la comercialización de sus productos ante la Aduana que corresponda al lugar en donde sean elaboradas, según lo dispuso la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

En términos prácticos, la resolución establece que los exportadores podrán pagar el derecho de exportación (retenciones) sin presentar ninguna garantía adicional a la solicitud de tal ventaja en el sistema María cuando se oficializa el permiso de embarque.

Para lograr dicha facilidad, la AFIP requiere el cumplimiento previo de las obligaciones aduaneras, impositivas y los recursos de la seguridad social, y haber documentado el 100 por ciento de sus exportaciones por aduanas del interior del país durante los seis meses que van desde octubre de 2012 hasta marzo de 2013.

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