Feriado Nacional – Por el censo, no habrá actividades comerciales, espectáculos ni expendios de bebidas de todo tipo. La Municipalidad de El Trébol ha recibido de la Dirección General de Despacho y Asistencia Administrativa – Secretaría de Regiones, Municipios y Comunas, la Circular Nº 026/2010, referente al Censo Nacional de Población, Hogares y Vivienda que se llevará a cabo el día 27 de Octubre del corriente año, recordando la normativa vigente en la materia, a fin de su cumplimiento en el distrito comunal que corresponde a cada ente territorial.
Por Ley Nº 24.254 se declaró como Feriado Nacional el día de cada año en que se efectúe el Censo Nacional; en su artículo 2º establece: «Quedan prohibidas hasta las 20 horas del día indicado para la realización del Censo, las funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas y en general toda clase de espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos. Los restaurantes, confiterías, casas de expendio de bebidas y similares, rotiserías, panaderías y en general todo comercio de venta de artículos alimenticios y de bebidas y clubes, permanecerán cerrados hasta la hora indicada.»
Mediante Resolución General Conjunta de los Ministerios de Trabajo Empleo y Seguridad Social y de Economía y Finanzas Públicas de la Nación Nros: 1159 y 639/2010, respectivamente, se dispone la prohibición de ocupar trabajadores en la actividad de comercio general hasta las 20 horas del día 27 de octubre de 2010, remitiendo a la prohibición establecida en la citada ley 24.254 y sus sanciones.
Por su parte, el Poder Ejecutivo Provincial mediante Decreto Nº 0874/2010 adhirió a las previsiones del Decreto Nacional Nº 67 del mismo año, dictando las medidas necesarias para llevar adelante el operativo censal en el territorio provincial e invitando a las municipalidades y comunas a prestar el apoyo necesario a ese mismo efecto.